Funciones de un jefe de departamento de inglés

En la última entrada de este blog comentábamos qué y quién era el jefe de departamento de un centro de educación secundaria español. No se abordaban sus funciones por cuestión de extensión pero lo vamos a hacer en esta otra entrada.

Tal y como decíamos al hablar de quién es el jefe de departamento, desde la creación de esta figura, sus funcione se centraban en la elaboración y coordinación de los exámenes extraordinarios o eligiendo los libros de texto correspondientes (Lorente 2012).

Reunión de departamento-Imagen de Dominio Público

Sin embargo, sus funciones han ido aumentando a lo largo de los años tal y en la actualidad podríamos definirlo como la persona que coordina las diferentes decisiones comunes al conjunto de materias asignadas a cada departamento. Estas decisiones afectan a numerosos aspectos y se toman en reunión de todos los miembros del departamento, con convocatoria previa y levantando acta de los acuerdos tomados. En la siguiente lista he ido recogiendo las funciones más habituales:

  • Por supuesto la primera función será la de convocar a los restantes miembros del departamento a las reuniones periódicas que se vayan a celebrar. Aquel profesorado que, sin ser miembro del departamento, imparta materias asignadas a este, deberá ser invitado y, de no asistir, informado de las decisiones tomadas.
  • Presidir las reuniones del departamento y levantar acta de las mismas.
  • El examen y elección de los libros de texto para cada curso debe ser coordinado por el jefe de cada departamento. También se podrían elegir otros materiales pero los libros de texto suelen tener una consideración especial pues su lista se hace pública desde el centro educativo. Hay que tener en cuenta que, independientemente del número de docentes que impartan clase en un nivel, el libro de texto siempre será único y se mantendrá a lo largo de varios años. En el caso de programas de libros digitales, entrar en este tipo de programas para cada materia/curso también es una competencia del departamento, coordinado siempre por su jefe. La relación de materiales para cada curso deberá remitirse a la secretaría del centro para su difusión entre la comunidad educativa.
  • La elaboración la programación didáctica del departamento. Este es posiblemente la función más compleja de la jefatura de departamento. La programación didáctica recogerá los objetivos, contenidos, metodología y forma de evaluación correspondientes a cada materia/curso asignada al departamento, además de todos aquellos puntos que estimen las autoridades educativas. Teniendo en cuenta que diversos profesores pueden impartir clase en un mismo nivel, la programación pone negro sobre blanco respecto a qué se hace en cada materia asignada a un departamento. En mis años como docente he visto desde departamentos que se limitaban a copiar y pegar programaciones obtenidas de editoriales u otros centros a otros en los que se escribía desde cero y se meditaba cada página. Lo habitual es un punto intermedio, tomar elementos de programaciones anteriores o del borrador proporcionado por la editorial respecto a objetivos y contenidos, pero en mayor o menor medida elaborar el resto de aspectos siguiendo el guion proporcionado por las autoridades educativas. La elaboración de la programación será coordinada por su jefe o jefa de departamento que podrá elaborarla personalmente recogiendo los acuerdos y opiniones del resto de los miembros o bien coordinar su elaboración entre todos los miembros, algo que puede tener especial sentido si, por ejemplo, hay algún docente que se encarga de elaborar la programación de un curso que vaya a impartir ese año o suela impartir habitualmente.
  • En las siguientes funciones del departamento, el jefe coordina y preside la toma de decisiones:
    • A principio de curso es función del departamento repartir el horario de clase asignado entre todos los miembros. Se suele hacer de común acuerdo según las preferencias personales pero, de no llegar a un acuerdo, se sigue el orden establecido en la legislación (Diario Oficial Galicia 2010). Como todos los acuerdos se recoge en acta y se comunica el reparto final a la dirección del centro para que se puedan elaborar los horarios.
    • La recogida y análisis de resultados de cada sesión de evaluación así como siempre que se considere pertinente.
    • La decisión sobre la forma de atención al alumnado que tenga la materia pendiente del curso anterior así como el seguimiento periódico, que se irá recogiendo en las actas sucesivas.
    • Se podrá acordar la realización de actividades variadas que complementen la materia (visitas, charlas, exposiciones…) de acuerdo con la Vicedirección del centro.
    • Corresponde al departamento mantener y actualizar los materiales comunes al profesorado de la materia, algo que quedará recogido en algún tipo de inventario (según determine el centro).
    • Finalmente, el departamento también atenderá las reclamaciones a la cualificación final por parte de los representantes legales de algún alumno o alumna, de acuerdo con el procedimiento establecido
  • Al igual que sucedía con la programación, a final de curso corrresponde al jefe o jefa de departamento elaborar la memoria de final de curso en la que se recoja la evaluación de la programación así como aquellos aspectos relevantes que hayan surgido a lo largo del curso.
  • Todos los jefes de departamento son miembros de la Comisión de Coordinación Pedagógica del centro escolar por lo que les corresponde asistir a cuantas reuniones de CCP se convoquen, siendo en ellas portavos del resto de profesorado del departamento y teniendo después que informar al resto de los miembros sobre las decisiones allí adoptadas.

Con esta entrada, espero haber contribuido a ayudar a aquellos que este año se enfrenten a la jefatura de departamento sin tener experiencia previa.

Referencias:

  • ORDE do 28 de xuño de 2010 pola que se modifican parcialmente as ordes do 1 de agosto de 1997, pola que se ditan instrucións para o desenvolvemento do Decreto 324/1996, polo que se aproba o regulamento orgánico dos institutos de educación secundaria e se establece a súa organización e funcionamento, do 22 de xullo de 1997, pola que se regulan determinados aspectos de organización e funcionamento das escolas de educación infantil, dos colexios de educación primaria e dos colexios de educación infantil e primaria dependentes da Consellería de Educación e Ordenación Universitaria, e do 3 de outubro de 2000, pola que se ditan instrucións para o desenvolvemento do Decreto 7/1999, polo que se implantan e regulan os centros públicos integrados de ensinanzas non universitarias. Diario Oficial de Galicia de 6 de julio de 2010. https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2010/20100706/Anuncio2536E_gl.pdf

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